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Investigación, Innovación y Extensión

Centro de Conciliación

El Centro de Conciliación y Arbitraje de la Universidad Simón Bolívar es un ente privado, autónomo e independiente, debidamente aprobado mediante resolución No 0952 del 15 de noviembre de 2002, del Ministerio del Interior y de Justicia.

Es el espacio propicio para que las partes involucradas en un conflicto de carácter civil, comercial, familiar y de tránsito, construyan a través del diálogo y la negociación, acuerdos satisfactorios con efectos legales, solucionando de manera efectiva sus controversias a través de la orientación de mediadores o árbitros altamente calificados.

¿Qué es la conciliación extrajudicial?
Es un Mecanismo Alterno de Solución de Conflictos (MASC), mediante el cual dos o más personas gestionan por sí mismas, la solución de sus diferencias, susceptibles de transacción o desistimiento con la ayuda de un tercero imparcial y calificado denominado Conciliador que propicia un espacio de diálogo, con el fin de lograr un acuerdo amistoso y de mutuo beneficio con pleno efecto jurídico.
Descargue aquí la Solicitud de Conciliación y el lisatdo de documentos necesarios para audiencia

¿Por qué escoger el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Universidad Simón Bolívar?
- Porque tiene autorización de funcionamiento expedida por el Ministerio de Justicia y del Derecho.

- Porque está respaldado por la Universidad Simón Bolívar de Barranquilla.

- Porque cuenta con un Sistema de Gestión de la Calidad, certificado bajo la Norma ISO 9001 otorgado por Bureau Veritas Certification.

- Porque cuenta con Conciliadores y Árbitros altamente calificados y confiables, especialistas en diferentes ramas del Derecho, de absoluta transparencia e imparcialidad y con una amplia experiencia en métodos alternativos de solución de conflictos. 

- Porque el Centro cuenta con herramientas tecnológicas, administrativas y locativas que permiten a Conciliadores, Árbitros y a funcionarios ofrecer servicios con la mayor prontitud y eficiencia posible. 

- Porque contamos con un excelente equipo humano que respalda la prestación de los servicios.

- Porque cumplimos una función social, ofreciendo a nuestros usuarios un espacio donde pueda solucionar sus conflictos de una manera rápida, económica, especializada, con plenos efectos legales. 

- Porque promovemos y desarrollamos alianzas estratégicas con entidades privadas que están interesadas en implementar los mecanismos alternos de solución de conflictos (MASC).

Ventajas de la conciliación
- Evita gastos de dinero, pérdida de tiempo y desgaste psicológico.
- Tiene el valor de una sentencia, el acuerdo total o parcial logrado en la conciliación es obligatorio según las leyes vigentes, tiene efecto determinante, en caso de incumplimiento de los acuerdos la parte afectada podrá ejecutar el acta de conciliación ante el juez correspondiente, para hacerlo cumplir. 
- Es confidencial y reservada.
- Es económica, el valor de los servicios que presta el Centro de Conciliación y Arbitraje Ana Bolívar de Consuegra es muy bajo comparado con los costos de un proceso judicial.
- No requiere la presencia de un abogado.
- Es eficaz, la mayoría de los casos de conciliación que se presentan ante el Centro de Conciliación terminan con un buen acuerdo.
- Rápido. Porque los conflictos se resuelven en poco tiempo, pudiendo solucionar sus controversias en una sola sesión. 
- Evita procesos judiciales.
- Exigible. El acta de conciliación presta mérito ejecutivo y hace tránsito a cosa juzgada.

Nuestros servicios
- Asesoría y atención eficaz en todos los procesos de arbitraje y de conciliación.
- Alianzas para la atención en volúmenes de solicitudes de conciliación.
- Descuentos de nuestras tarifas por la atención de múltiples conflictos.
- Sala virtual para trámites conciliatorios.
- Capacitaciones: Diplomado en Formación de Abogados Conciliadores en Derecho, dirigido a estudiantes de último año de derecho, abogados del sector público y privado y Notarios; ofrecido a través del Centro de Educación Continua.

Cómo utilizar el servicio
- La persona interesada en conciliar debe acercarse al Centro de Conciliación para explicar el asunto objeto de la controversia y estimar la cuantía de la pretensión para calcular el valor del servicio de acuerdo a las tarifas establecidas por el Ministerio de Justicia y del Derecho.
- Radicar en el Centro de Conciliación el formato de solicitud, acompañado de los documentos que considere necesarios para el desarrollo de la audiencia, recibo de pago por concepto de la prestación del servicio de conciliación y los correspondientes traslados.
- Una vez se ha recibido el formato de solicitud debidamente diligenciado, el Centro de Conciliación y Arbitraje se encargará de fijar fecha y hora de la audiencia, en un término máximo de ocho (8) días hábiles, en la que participarán las partes involucradas, acompañadas de un Conciliador designado por el Centro.

¿Qué casos puede llevar a conciliar?

Civiles 
- Disputas patrimoniales relativas a la celebración, ejecución y terminación de los contratos civiles y comerciales, tales como compraventa, permuta, arrendamiento, etc.
- Perjuicios por Responsabilidad Civil Contractual y Extracontractual
- Rendición de Cuentas

Comerciales 
- Incumplimiento de contratos comerciales. 
- Conflictos con proveedores.
- Problemas con entidades financieras y aseguradoras. 
- Controversias entre socios. 
- Contrato de arrendamiento de local comercial.

Familiares
- Controversias sobre la custodia y el régimen de visitas de menores.
- Asuntos relacionados con las obligaciones alimentarias.
- Declaración de la unión marital de hecho, su disolución y la liquidación de la sociedad patrimonial.
- Controversias entre cónyuges sobre la dirección conjunta del hogar y entre padres sobre el ejercicio de la autoridad paterna o la patria potestad.
- Separación de bienes y de cuerpos

¿Qué es el arbitraje?
Es un mecanismo alternativo de solución de conflictos mediante el cual las partes defieren a un número impar de abogados denominados árbitros la solución de una controversia relativa a asuntos de libre disposición o aquellos que la ley autorice, quienes tienen la facultad de administrar justicia y profieren una fallo denominado laudo arbitral, que tiene los mismos efectos legales que los de una sentencia judicial.

Ventaja del arbitraje
Rapidez: El Arbitraje es un proceso corto. El tiempo de duración lo acuerdan las mismas partes y en su defecto, será máximo de (6) meses de acuerdo a la ley procesal vigente.
Validez: Los fallos arbitrales (laudos), producen los mismos efectos jurídicos que las sentencias proferidas por los jueces de la República.
Inmediación: La interrelación de los árbitros con las partes es permanente, lo que sin duda conduce más fácilmente a la solución; los árbitros decretan y practican directamente las pruebas, lo que redunda a favor de la lealtad procesal.
Economía: El arbitraje economiza tiempo y dinero en la resolución de las diferencias. Las tarifas están reguladas por el Ministerio de Justicia y del Derecho.
Idoneidad: La ética y la moral de los profesionales encargados de los procesos arbitrales son garantía de imparcialidad, equidad y justicia en los fallos.

Cómo llegar al arbitraje
1. Pactando la cláusula compromisoria.
2. Si no se pactó cláusula compromisoria en el contrato y existen diferencias por resolver, puede acordar que se solucionen por un tribunal de Arbitramento, para lo cual deberá celebrar el compromiso correspondiente.

Mayores informes
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